martes, 22 de junio de 2010

Criminalística y criminología

La similitud de los términos, quizá más que ninguna otra cosa, hace que los profesores y conferencistas superficiales que no se preocupan de la propiedad del lenguaje, confundan lamentablemente Criminalística y Criminología.

Pero ya al determinar el campo de acción se aprecia con claridad que Criminalística y Criminología se complementan, pero no pueden confundirse.

Mientras que la Criminología se dedica al estudio de los móviles que conducen o provocan el delito, se ocupa de determinar los factores que informan la conducta del sujeto criminal o como más comúnmente se dice la " Etiología del delito " y tiene aplicación a aspectos predelincuenciales y postdelincuenciales, la Criminalística estudia y delimita su campo de acción a la realización formal del delito; a los hechos que lo constituyen resultantes de esa conducta, y su acción termina con la prueba, sin interesarse por la conducta anterior o posterior del delincuente.

Basten los siguientes ejemplos: en Criminalística, al emitir dictamen de identificación dactiloscópica se probará la presencia del acusado en el lugar de los hechos, y quizás su participación en él.

Al emitir un dictamen en Balística se comprobará la identidad del arma de fuego con que se produjo el disparo fatal; sus características; la trayectoria y el trayecto del proyectil; y la distancia a que se produjo el disparo.

Al emitir un dictamen documentoscópico se probará la autenticidad de un documento, la existencia de una falsificación o la identidad del autor de un escrito.

Al emitir un dictamen toxicológico se determinará la sustancia que ocasionó la muerte de la víctima, etc.

En Criminalística siempre se estudiarán hechos concretos; se verificará científicamente el delito y el delincuente, se identificará alguna persona, objeto o materia, pero nunca se estudiará ni opinará sobre móviles o conductas del sujeto activo, que es campo estrictamente de la Criminología.

Así, solamente quien no tenga idea clara sobre ninguna de las dos ciencias, podrá confundirlas; o tal vez el conferencista que, ofuscado por el valor de su propia oratoria, crea que el uso indistinto de tales términos no afecta a la profundidad de sus ideas y la brillantez de su lenguaje.

Criminología a través de la interpretación de los móviles y conducta del sujeto da aplicación y valor a la cadena de hechos concretos o sea al proceso fáctico del crimen que estudia y verifica la Criminalística, para efectos de la responsabilización penal.




Criminalística y medicina legal

La Criminalística y la Medicina Legal tienen diferencia, o se apartan tan solo en cuanto a la limitación de sus respectivos campos de acción. Como determina su nombre, la Medicina Legal o Forense se preocupa de diagnosticar las causas de la muerte o la gravedad y características de las lesiones, y realiza toda prueba concerniente al estudio del cuerpo humano afectado por el delito. Se limita a los estudios de sangre y contra el pudor, mientras la Criminalística abarca todo el resto del campo de la prueba judicial científica.

Muchos autores de reconocida importancia agrupan estas dos ciencias dejando a la Medicina Legal, por la limitación de su campo, como una parte o una de las ciencias aplicadas a la Criminalística, lo mismo que la Balística Forense o la Química Forense o cualquier otra de las ciencias aplicadas, al fin específico del descubrimiento y verificación científica del delito y del delincuente que integra la Criminalística.

En un homicidio, por ejemplo, la Medicina Legal nos diagnosticará la causa de la muerte después de su trabajo de necropsia e informará sobre el trayecto del proyectil dentro del cuerpo de la víctima, determinando los órganos afectados, pero no determinará la identidad del arma de fuego que provocó el disparo. Es la Balística como disciplina aplicada de la Criminalística la que identificará el arma y determinará la posición relativa de la víctima y del victimario, verificará la trayectoria del proyectil, pero no opinará si el disparo por arma de fuego, fue o no, la causa de la muerte.

Podría suceder que la Criminalística determine que un sujeto disparó un arma de fuego de ciertas características a una distancia determinada, impactando el cuerpo de la víctima en tal región, más al verificar el protocolo de necropsia, el médico legista diagnosticó que si bien la víctima recibió un disparo por proyectil de arma de fuego, el proyectil no comprometió órganos vitales y la víctima falleció a causa de un ataque cardíaco o por efectos de la caída que le ocasionó una fractura de la base del cráneo, por mencionar un ejemplo.

Buscando aclarar el concepto y la diferencia fundamental que existe, y los criterios que priman en la actualidad, me referiré a conocidos autores: D. Manuel de López Rey y Arroyo opina que: "Con gran frecuencia, esta disciplina (la Medicina Legal) pretende el lugar de la Criminalística. En todo caso, señalaremos el hecho de que es entre los médicos legistas donde con cierta frecuencia se encuentra una actitud refractaria a dicha disciplina. Para tal actitud, que hemos tenido ocasión de verla sostenida, no hay justificación, pero sí una explicación histórica, pues fueron los médicos legistas los que desde un principio intervinieron en los juicios criminales como "criminalistas".

Sin necesidad de remontarse a Grecia y Roma, una Bula de Inocencio VIII, dada en 1484, prescribe la intervención médica en los juicios criminales y parece que la primera obra de Medicina legal, es la debida a Pablo Zacchía, en el siglo XVI.

En España la intervención de peritos médicos es muy antigua. En la antigua cancillería de Valladolid, hemos encontrado ya los antecedentes de una correcta regulación legal de los médicos forenses o legistas, al hallar las nóminas, nombramientos y designación de deberes de los mismos. Por nuestra parte, Benjamín Martínez en 1820 funda el Gabinete de Identificación y Laboratorio de Criminalística de la Policía para el Distrito Federal y no fue sino hasta 1940 cuando se crea la Sección de Investigaciones Especiales del Banco de México. Para 1964 se iniciaron los primeros cursos de Medicina Forense en el ámbito de Doctorado en la Facultad de Medicina y en 1975 se dio la fundación de la Academia Mexicana de Criminalística.

Se asientan estos datos como los sucesos científicos reconocidos como de mayor importancia para la integración de lo que hoy en día conocemos como Criminalística General.

Durante mucho tiempo, fueron casi exclusivamente los médicos los que realizaron tareas criminalísticas, lo que hizo nacer y adquirir importancia a la Medicina legal y más tarde a los correspondientes institutos y laboratorios. Dicha importancia subsiste, pero el cometido de la Medicina legal es en nuestros días sólo una parte de la Criminalística.

Basta reflexionar sobre lo que la Medicina es hoy en día, para rechazar tal pretensión, tal es el concepto emitido en el congreso Panamericano de Criminalística de 1944 en los siguientes términos: "Tampoco cabe admitir que la Medicina Legal constituyó todo lo que ahora entendemos por Criminalística, sabemos hoy, que la Medicina legal no es ya más que una parte, desde luego importante de la Criminalística, y que ningún médico legista puede pretender todavía seriamente que en su disciplina se comprenda todo lo criminalístico."

El profesor Israel Castellanos, uno de los grandes baluartes de la Criminalística en Centro América que ha enriquecido la nueva ciencia con valiosos aportes de Hematología, Dactiloscopía, estudio de pruebas dermonitradas y muchos valiosos capítulos, dice lo siguiente: "En los delitos de sangre, en los atentados contra el pudor, etc., la Medicina legal guía y orienta a los jueces, pero en los delitos contra la propiedad; en los robos con escalo y fractura; en la identificación de herramientas; en el examen de documentos o el Balístico; el de espectocopiata, el físico y el químico; integrantes del laboratorio criminalístico, no pretenden convertirse en médicos forenses y hacer autopsias.

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